Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto relativo a las ‘vacaciones dignas’, el cual estipula que los trabajadores que tengan más de un año en su empresa disfrutarán de 12 días de vacaciones.
Esta reforma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2023, estipula que estas modificaciones a dos artículos de la Ley Federal del Trabajo serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes en la fecha de su entrada en vigor, “cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras”.
El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo indica que “las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de servicios”.
A partir del sexto año, se añade, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicios.
En tanto, el artículo 78 de la misma Ley queda como sigue: “Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta ley, la persona trabajadora disfrutará de 12 días de vacaciones continuas, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”.
Esta reforma fue aprobada el 14 de diciembre pasado por el Congreso de la Unión.