La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la suspensión respecto a la obligación de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).
Lo anterior al considerar que con su implementación “existe una inminente afectación presupuestaria del IFT, que puede poner en peligro su autonomía constitucional”.
Por medio de un comunicado el IFT recordó que el pasado 26 de mayo, presentó una Controversia Constitucional en contra de esta diposición.
Expuso que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto.
La Controversia Constitucional fue turnada a la ponencia de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández.
Conforme a lo expuesto por la Ministra concedió la suspensión ante la controversia solicitada por el IFT.
“Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, indica la resolución.
Añadió que sin prejuzgar sobre el fondo, se puede apreciar un riesgo constitucional sobre la autonomía del IFT si se permitiera la ejecución del PANAUT.
Cabe recordar que el PANAUT tenia como fin recabar información sensible de los usuarios de telefonía e Internet móviles, para mantener activas sus líneas celulares.