El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que cada candidato a la presidencia de la República pueda gastar hasta 746 millones 905 mil 388 pesos durante la etapa de precampaña y campaña.
La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos determinó que durante la precampaña los aspirantes puedan gastar hasta 85 millones 926 mil 665 pesos; mientas que podrán disponer de hasta 660 millones 978 mil 723 pesos en su campaña presidencial que arranca el 1 de marzo de 2024.
También se aprobaron los topes máximos de gastos de precampaña y campaña para las diputaciones y senadurías correspondientes al Proceso Electoral Federal 2023-2024.
En el proyecto se detallan los criterios legales con los cuales se calculan los topes de gastos de precampaña para el proceso electoral en curso.
De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el tope de gastos de precampaña por precandidatura y tipo de elección será equivalente al 20% del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate.
Para la Presidencia de la República, en el Proceso Electoral Federal 2017-2018, se estableció como tope de gastos de campaña la cantidad de 429 millones 633 mil 325 pesos, por lo que el 20%, corresponde a la cantidad de 85 millones 926 mil 665 pesos, que es el tope de gastos de precampaña.
En la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa, se estableció como tope de gastos de campaña la cantidad de un millón 648 mil 189 pesos, por lo que el 20% de esta cantidad corresponde a 329 mil 638 pesos.
Asimismo, los topes máximos de gastos de precampaña por precandidatura a senadurías equivalen al 20% de lo establecido para las campañas inmediatas anteriores.
En tanto, el tope de gastos de campaña para la elección presidencial será equivalente al 20% del financiamiento público de campaña establecido para todos los partidos en el año de la elección presidencial.
Igualmente, la legislación establece que el tope de gastos de campaña en la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, se determina al dividir el tope de gasto de campaña establecido para la elección presidencial entre 300.