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Proponen que parejas de la comunidad LGBT+ puedan adoptar en la CDMX

Guadalupe Morales, diputada local de Morena, propuso que las parejas de la comunidad LGBTTTIQ+ puedan adoptar en la CDMX.

La legisladora propuso modificar los artículos 391, 392, 394 y 395 del Código Civil del Distrito Federal para que puedan adoptar las personas que constituyan una sociedad de convivencia, de forma conjunta, que demuestren una convivencia ininterrumpida de al menos dos años.

Esta iniciativa recuerda que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 8/2014, reconoció el derecho a adoptar por parte de las sociedades de convivencia o parejas de la comunidad, declarando invalida la disposición que lo prohibía, puesto que representaba una carga discriminatoria y contraria al principio de igualdad.

Asimismo, se señala que el Pleno de Corte estableció que el punto medular a tomar en cuenta en una adopción es el interés superior de la niñez, con la finalidad de que se integre a una familia en la cual reciba afecto y condiciones adecuadas para su desarrollo, siendo irrelevante el tipo de familia o la orientación sexual de quien busque adoptar.

¿Sociedad de convivencia?

Se recordó que la sociedad de convivencia se establece como un acto jurídico bilateral que se constituye cuando dos personas físicas, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua y la registran ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno de la alcaldía correspondiente. 

“En ese sentido, se obliga a las personas convivientes, en razón de la voluntad de permanencia, a la prestación de ayuda mutua y a establecer un hogar común. Esta figura jurídica es reconocida por la Ley de Sociedad de Convivencia para la Ciudad de México, como otro tipo de familia distinta al matrimonio o al concubinato, pero con fines similares. No obstante, al revisar el Código Civil para el Distrito Federal se desprende que si bien se permite a los cónyuges y concubinos el adoptar cuando acrediten una convivencia de al menos dos años, no se prevé el mismo trato para las personas que constituyan una sociedad de convivencia”, precisa la reforma.

Por lo anterior, esta iniciativa, que ya fue turnada a comisiones para su análisis, busca reformar el Código Civil local para reconocer de manera expresa a las sociedades de convivencia la posibilidad de adoptar, cuando demuestren una convivencia ininterrumpida de al menos dos años.

“Garantizando con ello un trato igualitario y no discriminatorio para este tipo de familias, velando de igual forma por el interés superior de la niñez”, concluye la propuesta.

Con información de El Universal

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