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Abre SCJN controversia por reforma al Poder Judicial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió una controversia para decidir si tiene facultades para revisar la reforma al Poder Judicial, y en su caso si puede revertirla, matizarla o anularla.

Por ocho votos contra tres, el pleno de la Corte acordó abrir una controversia de las previstas en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal (PJF), que sirven para resolver conflictos que se susciten en dicho poder.

Con ello, la petición de jueces y magistrados para revisar la reforma, que somete a votación popular a todos los juzgadores del país, será turnada a un ministro o ministra, quien deberá presentar un proyecto al pleno.

Ese proyecto podrá proponer que es notoriamente improcedente que la Corte revise el contenido de la Constitución, pero también, que en este casi sí es posible que lo haga, lo que nunca ha sucedido.

La consulta a trámite resuelta en ningún modo prejuzga sobre la procedencia definitiva ni sobre el alcance que pueda llegar a tener la resolución que se dicte en el expediente principal de la controversia, es decir, sobre lo fundado o no de los argumentos y reclamos expuestos por los promoventes de la solicitud original. 

Tampoco se prejuzga sobre el alcance de las atribuciones que la Corte pueda llegar a tener al momento de someter a control constitucional la reforma aludida, en aspectos tales como la revisión de vicios estrictamente formales e incluso materiales.

Al respecto, el presidente del senado, Gerardo Fernández Noroña, dijo que se continuará con la ruta para que la ciudadanía elija a los jueces, juezas y ministros de la Corte, a la que acusó de actuar de manera facciosa.

“Esta presidencia plantea, con toda claridad y firmeza, que la elección de las personas juzgadoras se llevará a cabo el primer domingo de junio de 2025, lo quiera o no lo quiera la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, sostuvo el senador. Ni la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni el Poder Judicial tienen atribución jurídica alguna para revisar los actos del Poder Legislativo, no puede, no debe la SCJN erigirse como supremo poder, por encima del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo y sobre todo, del soberano que es el pueblo de México”, dijo.

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