Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) por violar derechos humanos a la privacidad; intimidad; y protección de datos personales.
Sin embargo, los argumentos para invalidar la reforma no fueron unánimes, ya que algunos ministros rechazaron la existencia misma de un padrón de este tipo y la recolección masiva de datos personales; otros sólo criticaron la forma en que fue regulado; y dos más votaron por mantener el Panaut, pero limitándolo al registro de contratación futura de líneas de prepago.
El Panaut hubiera sido una base de datos recabados por las telefónicas y entregada al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que incluiría datos biométricos y personales de los usuarios de telefonía celular.
Entregar estos datos hubiera sido un requisito para contratar o mantener una línea móvil, tanto de prepago como de pospago, lo que provocó miles de amparos, así como demandas ante la Corte de senadores de oposición, el propio IFT y el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).
“El decreto combatido ni siquiera precisa qué autoridades; en qué supuestos o bajo qué circunstancias o con arreglo a qué requisitos el IFT deberá otorgar el acceso a esta información a las autoridades de investigación y procuración de justicia; ni tampoco si en determinados supuestos y en cuáles podrá negarse a dicha solicitud”, señala el proyecto que fue aprobado.
Y añade: “El Panaut no resulta una medida legislativa necesaria para una sociedad democrática; pues no mantiene un equilibrio entre la necesidad de los datos en circunstancias limitadas y el debido respeto al derecho de privacidad de las personas; además de no encontrar justificación, pues las leyes ya prevén una serie de mecanismos igualmente idóneos para colaborar con las autoridades de justicia en relación con la comisión de delitos”.
Críticas al Panaut
Dichos mecanismos incluyen la intervención de comunicaciones privadas; y la geolocalización en tiempos de real de teléfonos celulares, ambas con control judicial previo y restringidas temporalmente a casos concretos.
El presidente Arturo Zaldívar dijo que es absurdo pensar que las personas que se dedican a la extorsión telefónica cometerán este delito usando líneas registradas a su nombre; también considero ‘gravísimo’ que el Estado pudiera acceder, sin orden judicial, a información biométrica como ADN, huellas, iris, retina o reconocimiento facial.
Juan Luis Gonzalez Alcántara recordó el fracaso del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía (Renaut), creado en 2009, cuya base de datos fue vulnerada; tuvo que ser destruido en 2011, y criticó la ‘falsa dicotomía’ entre seguridad y privacidad.
Alfredo Gutiérrez destaco que las bases de datos universales con que cuenta el Estado cumplen fines constitucionales; como la identidad de las personas o el derecho al voto.
El ministro Luis María Aguilar destacó que para contratar teléfonos de prepago no se requiere ningún dato personal, lo que favorece la impunidad; pero también votó por la invalidez, pues el padrón es innecesario al haber medidas para combatir el delito.
Con información de Reforma