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SCJN da vía libre al uso recreativo de la marihuana en México

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición del consumo lúdico o recreativo de la marihuana, contenida en la Ley General de Salud.

Por mayoría de votos, los ministros anularon algunos párrafos de la Ley General de Salud que impedían el consumo lúdico de la planta y únicamente autorizaban el medicinal, pero esto no significa que todo el mercado de la cannabis sea legal, ni que los consumidores queden exentos de limitaciones.

La ministra Norma Lucía Piña Hernández indicó que el Congreso de la Unión incumplió con el mandato de la Corte de regular el consumo recreativo de la marihuana.

Y es que, el Congreso no logró aprobar una ley para regular la marihuana recreativa. El 30 de abril había vencido por tercera vez el plazo que la SCJN había puesto para su regulación, pero los legisladores no lograron acuerdos.

Además, el Pleno de la SCJN acordó enviar un exhorto al Congreso de la Unión para que regule el consumo recreativo de la marihuana a fin de generar seguridad jurídica tanto a los usuarios como a terceras personas.

Los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán y Yasmin Esquivel Mossa votaron en contra del proyecto al considerar que no procede la declaratoria general de inconstitucionalidad.

El ministro Pardo reiteró su criterio con relación a que invalidar la prohibición no subsana el problema de la ilegalidad de la importación de la semilla de cannabis para ejercer el derecho de consumo de marihuana con fines recreativos.

¿Qué aprobaron los ministros?

Lo aprobado por los ministros insta a la Secretaría de Salud a emitir autorizaciones para que los adultos puedan sembrar, cosechar, transportar y consumir cannabis, en tanto el Congreso legisle adecuadamente sobre ello o aunque no lo haga. 

Además, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos (Cofepris) deberá redactar unos lineamientos para la adquisición de semillas; y precisar que el consumo de esta droga no puede hacerse afectando a terceros, ni en lugares públicos donde el resto de personas no haya dado su autorización. 

Asimismo, deben incluirse las salvaguardas de no conducir ni manejar maquinaria, ni desarrollar cualquier actividad que pueda poner en riesgo o dañar a terceros cuando se haya consumido marihuana.

“Debe quedar muy claro que no se ha modificado el Código Penal, por tanto los delitos siguen vigentes, las personas pueden seguir siendo perseguidas por narcomenudeo”, advirtió la directora de México Unido contra la Delincuencia.

Con información de El País

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